Eel Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha puesto en marcha el proceso de AUDIENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA sobre una nueva Ley de Industria, al objeto de recabar la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, de conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
La nueva Ley de Industria es un compromiso de España dentro del Componente 12 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, identificado como hito #176, correspondiente a la medida C12.R1 “Estrategia Española de Impulso Industrial 2030”. En dicho hito, se recoge la entrada en vigor de la Ley en el 4º trimestre de 2023.
La industria manufacturera (excluido el sector energético) representa 12,3% del Valor Añadido Bruto de la economía española, un porcentaje inferior a los países de nuestro entorno. Ello supone un elemento de vulnerabilidad, dada la mayor resiliencia mostrada ante la crisis financiera y la reciente crisis sanitaria, así como una mayor productividad que otros sectores.
Es necesario abordar la reforma integral de la actual Ley de Industria, que data de 1992, previa a toda la digitalización y principales orientaciones hacía su sostenibilidad y aprovechamiento de la economía circular, así como los actuales procesos de servitización de la industria. Por ello, debe adaptarse a la realidad industrial y económica actual, articulando nuevas figuras y mecanismos que permitan dotar a la industria de resiliencia para hacer frente a los nuevos retos existentes y colaborar a alcanzar una mejora de su competitividad. La norma, de carácter básico, debe adecuarse a los estándares actuales de la doble transición europea en sostenibilidad y digitalización, a una orientación más holística hacia ecosistemas industriales, proyectos industriales de interés general, mantenimiento de la capacidad productiva, especialmente de aquellos considerados de primera necesidad y/o estratégicos, internacionalización, así como mecanismos más actualizados de vigilancia de productos en el mercado.
Plazo de presentación de alegaciones
Teniendo en cuenta que el plazo para presentar alegaciones finaliza con fecha 5 de enero de 2023. Dichas alegaciones deberán realizarse rellenando el documento adjunto “Cuadro_aportacion_alegaciones_APL_Industria” (y enviándolo en formato editable) incluyendo los siguientes campos: número de artículo o artículos que pretenden modificarse; texto original actual de dichos artículos; sugerencias de redacción (nueva redacción propuesta de dichos artículos); justificación de ese cambio de redacción.