Hemos adaptado los estatutos a la nueva realidad profesional de la Ingeniería

Nos ponemos en contacto contigo para informarte que el Colegio de Ingenieros Industriales de Gipuzkoa es el primer Colegio de Ingenieros Industriales de España que ha adaptado en sus Estatutos la figura de Miembro del Colegio a la nueva realidad de la Ingeniería.

A partir de ahora, los/as profesionales que estén en posesión de un título de la rama de Ingeniería Industrial de nivel 7 del marco Europeo de Cualificaciones o equivalente reconocido por el Estado, que, no habilite para el ejercicio de la profesión de la ingeniería industrial y no haya dado lugar a un Colegio Profesional propio, admitido a tal efecto por los Órganos competentes pasarán a ser Colegiados. Es decir, todos aquellos profesionales con un grado y un master de la rama de la Ingeniería Industrial, y las titulaciones de Ingeniero/a en organización industrial, electrónica y automática industrial y en materiales, con los nuevos criterios de Estatutos ya aprobados, pasarán a adquirir la condición de “Colegiado no ejerciente”, sin que ello afecte a las atribuciones de su titulación.

¿Qué aporta la nueva condición de Colegiado?

  • Los miembros colegiados de dichas titulaciones pueden formar parte de la composición de la Junta de Gobierno del Colegio.
  • Los miembros colegiados también tendrán voz y voto en la Junta General del Colegio.

¡Ayúdanos a difundir la noticia entre tus compañeros de profesión!

ORDEN de 28 de octubre de 2019, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se aprueba la modificación de estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Gipuzkoa.

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