Novedades legislativas. II Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC)

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) saca a información pública el II Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC).

El Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC) 2021-2030 será el instrumento de planificación básico para promover la acción coordinada frente a los efectos del cambio climático en España en la próxima década. Sin perjuicio de las competencias que correspondan a las diversas Administraciones Públicas, el PNACC 2021-2030 definirá objetivos, criterios, ámbitos de trabajo y líneas de acción para fomentar la adaptación y la resiliencia frente al cambio del clima.

El borrador del PNACC 2021-2030 define y describe 81 líneas de acción sectoriales organizadas en 18 ámbitos de trabajo entre los que destacan salud humana, agua y recursos hídricos, biodiversidad y áreas protegidas, protección forestal, lucha contra la desertificación, y agricultura, ganadería, pesca y alimentación. También propone una nueva gobernanza, para facilitar la coherencia de la acción climática y favorecer nuevas prácticas en la forma de legislar, de planificar, de presupuestar, de gestionar y de informar, como respuesta a los riesgos derivados del cambio climático, tanto para las administraciones públicas como para el sector privado.

Documentación 

Presentación de observaciones

Para realizar comentarios y propuestas utilícese la tabla de observaciones indicada anteriormente.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, relativa a la suspensión de plazos administrativos, el plazo para la recepción de observaciones se prolongará mientras sea de aplicación la citada suspensión de plazos administrativos, y hasta 15 días después de su finalización o derogación.

En conclusión, la fecha indicada de finalización del periodo de consulta (inicialmente establecida para el 04.06.2020) queda en suspenso y será ajustada según lo establecido en el Real Decreto 463/2020 ya citado.

Ezagutzera eman:
X