El Consejo de Ministros, en su reunión del día 18 de enero y a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), ha aprobado el Proyecto de Ley de Calidad de la Arquitectura para su posterior remisión a las Cortes Generales, iniciándose así su tramitación parlamentaria. El futuro texto es una de las reformas recogidas en el Plan de Recuperación.
Se trata de la primera Ley estatal que nace con el objetivo de garantizar la calidad de la arquitectura como bien de interés general, teniendo como principales metas promover vínculos que fomenten el acercamiento de la arquitectura a la sociedad. La futura normativa también busca dar respuesta a la mayor concienciación por cuestiones sociales, medioambientales y de revalorización del patrimonio arquitectónico, proceso que se ha acelerado con la pandemia que hemos vivido y en la que aún estamos inmersos.
La Ley incluye medidas específicas para impulsar desde los poderes públicos la difusión nacional e internacional de la Arquitectura, el apoyo a las empresas y a los profesionales españoles, el establecimiento de incentivos y premios que reconozcan la calidad, el impulso de la investigación y la innovación y, por supuesto, la protección de los valores del patrimonio construido. Además, incluye el fomento de la rehabilitación, regeneración y renovación urbanas sostenibles.
Casa de la Arquitectura y Consejo de Calidad de la Arquitectura
La ley incluye la creación de dos órganos fundamentales para orientar la actuación y potenciar el papel ejemplarizante de los poderes públicos hacia esa necesaria calidad: la Casa de la Arquitectura y el Consejo de Calidad de la Arquitectura.
El primero de ellos busca, entre otros fines, acercar los valores de la arquitectura a la sociedad, convirtiéndose en un referente nacional e internacional para la divulgación de la disciplina e impulsarla como una herramienta de diplomacia cultural.
Por su parte, el Consejo de Calidad de la Arquitectura se constituirá como una plataforma de intercambio de conocimiento y de participación, así como de consulta y asesoramiento en las materias relacionadas con los contenidos de esta Ley, como promover la adopción de normas o medidas de carácter general para la mejora de la calidad de la Arquitectura, o modificar las ya existentes, así como elaborar y difundir modelos de pliegos y otros documentos de carácter orientativo.
Marco normativo
La redacción de la Ley de Calidad de la Arquitectura se ha enmarcado en un contexto muy propicio en consonancia con importantes iniciativas europeas, como la New European Bauhaus, la Renovation Wave y la Declaración de Davos.
Además, la Ley se alinea con la Agenda Urbana Española, la Agenda 2030 y con las Agendas Urbanas internacionales, con su triple demanda de una mayor sostenibilidad social, económica y medioambiental.
Se trata, por tanto, de un instrumento legislativo que refuerza el papel ejemplarizante de la Administración pública, potenciando la planificación de la rehabilitación del parque público edificado. En esta misma línea, el anteproyecto de Ley recoge una serie de modificaciones a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Públicos, encaminadas a mejorar la calidad de la arquitectura promovida por la Administración.
Fondos Next Generation
La Ley de Calidad de la Arquitectura se configura como un instrumento legislativo necesario para consolidar un nuevo modelo de transición económica, energética, y ecológica, que promueva una mayor inclusión y cohesión social, impulsado por los Fondos Next Generation.
La Ley se incluye como la reforma 4 del componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), aprobado por el Gobierno de España para hacer frente a la crisis provocada por la COVID-19, que se centra en el impulso de las actuaciones de rehabilitación y mejora del parque edificatorio, tanto en ámbitos urbanos como rurales.
Además, se enmarca entre las iniciativas legislativas europeas de fomento de la eficiencia energética, las energías renovables y la lucha contra la pobreza energética y promoverá la aplicación del principio “primero, la eficiencia energética”, de acuerdo con la Recomendación (UE) 2021/1749 de la Comisión de 28 de septiembre 2021.
Una Ley que nace de un proceso de participación pública
En su elaboración, esta futura Ley ha sido objeto de una amplia participación pública, ya que, además, de la consulta pública previa que tuvo lugar en el mes de julio de 2020, se celebró un proceso participativo multidisciplinar estructurado en seis mesas de debate, que pudo ser seguido de forma telemática y en abierto, teniendo una gran repercusión en redes, incluso a nivel internacional.
Los debates pueden seguir viéndose en la página web creada al afecto, (https://peca.mitma.es/ ).
También se celebraron mesas de debate con los principales sectores afectados, sector académico y social, Administraciones territoriales, profesionales y Colegios.
Aunque la Ley nazca para dar respuesta a un momento excepcional, lo hace también con el propósito de establecer un marco global perdurable en el tiempo, dinámico y con capacidad de adaptación a nuevos desafíos y objetivos. De hecho, incluye entre sus objetivos la elaboración de una Estrategia Nacional de Arquitectura, como herramienta de gobernanza que sirva para implementarla.