El Tribunal vasco avala el recurso de la Autoridad de la Competencia contra la exclusividad que el decreto del Ejecutivo autonómico otorgaba a los arquitectos.
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha anulado la reserva de actividad a favor de arquitectos y arquitectos técnicos para la realización de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) en Euskadi. De esta forma, el alto tribunal ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Autoridad Vasca de la Competencia (AVC) contra un decreto que regulaba la Inspección Técnica de Edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La AVC solicitó la modificación del decreto, entendiendo que la reserva de actividad a favor de arquitectos y arquitectos técnicos restringe «de forma severa» la competencia efectiva en el mercado de estos servicios profesionales y «no resulta necesaria ni proporcional, ya que deja fuera a profesionales capacitados para la prestación de estos servicios».
La decisión del TSJPV abre la posibilidad de que otros profesionales capacitados, como ingenieros o ingenieros técnicos, puedan realizar el servicio de inspección técnica de edificios en Euskadi.
En concreto el TSJPV anula el artículo 10 y el Apartado 1ª del Anexo I, del Decreto 117/2018 por ser disconformes a derecho.
En contra de dicha resolución cabe imponer recurso de casación en el plazo de 30 días.